Podrán ser admitidas, las empresas y entidades oficiales
de economía mixtas o privadas, universidades, institutos,
corporaciones, compañías industriales y comerciales,
firmas o entidades dedicadas a la prestación de servicios
profesionales o cualquier otra entidad u organismo Nacional, Departamental,
Regional o Municipal relacionado con el Sector de Agua Potable
y Saneamiento Ambiental, recursos naturales, control y calidad
del aire, suelo y actividades afines.
Los Miembro Institucionales quedarán catalogados
dentro de una de estas tres categorías:
a) Sector Universitario
b) Sector Público (ESP, Municipios y Otros)
c) Sector Industrial y Comercial
Miembros Personales: Podrán ser admitidos los profesionales
y técnicos que acrediten su trayectoria actual o en
el pasado en los diferentes campos del sector sanitario y
ambiental, o en salud pública. Igualmente aquellos
que tengan o hayan tenido cargos o desarrollado labores inherentes
a actividades conexas o tengan títulos o especializaciones
relacionadas con ingeniería y medio ambiente.
En el caso de los Estudiantes serán admitidos los
alumnos de facultades de ingeniería y ciencias del
ambiente de instituciones universitarias aprobadas legalmente,
de los últimos cuatro semestres, quienes al termino
de sus estudios podrán ser nombrados miembros personales.
(Articulo 16 Numeral 16.5 Reglamento de ACODAL)
Anexar el certificado de Cámara y Comercio y/o certificado
de constitución y gerencia, para el caso de afiliaciones
para personas jurídicas.
Una vez ACODAL reciba los documentos, la Junta Directiva de la
Seccional Correspondiente al lugar de residencia o de trabajo
del aspirante procederá a aprobar la solicitud.
Pagar el valor de la afiliación o inscripción
Acodal procederá a realizar la respectiva cuenta de cobro,
la cual deberá cancelar dentro de la fecha limite estipulada
en la misma.
Pagar la cuota de sostenimiento anual
Para la afiliación personal o de estudiantes la tarifa
será única a nivel Nacional
Para las Instituciones publicas o privadas, esta tarifa se asigna
según la ley 590 del 10 de julio de 2000, dependiendo la
planta de personal y los activos totales. (Grande, Mediana y Pequeña.)
Sede Principal:
Dirección: Calle 39 N. 14-75
Pbx: 571-2459539
Faxes: 571-3231407 y 571-3231408
Bogotá, Colombia
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